NÚMERO DE RADICADO: 050013104009201300622
DELITO: OBTENCIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO Y OTROS
TIPO DE PROVIDENCIA: AUTO
FECHA: 21/07/2017
PONENTE: LEONARDO EFRAÍN CERÓN ERASO
TEMA: DEFINICIÓN DE COMPETENCIA. Se decide sobre la competencia rehusada por el juez de conocimiento, de conformidad con el artículo 54 de la ley 906 de 2004, el asunto a resolver consiste en dos problemas jurídicos. El primero
tiene que ver con establecer, a la luz de los planteamientos legales y jurisprudenciales, si es posible solicitar la cancelación de registros obtenidos fraudulentamente sin necesidad de que exista decisión de fondo que ponga fin a la investigación penal y, segundo, quién es el juez competente para conocer de la misma en ese especial evento.