‎Relatoría

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TEMA: AMNISTÍA DE JURE ART. 15 Y 16 LEY 1820 DE 2016. Aunque ya se extingió la pena impuesta, la procesada puede beneficiarse de la amnistía de jure (pena principal ? indemnización).

DELITO: Rebelión.

PONENTE: Pío Nicolás Jaramillo Marín

FECHA: 18/01/2018

TIPO DE PROVIDENCIA: Auto

 

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