TEMA: RECUSACION. Art. 56 Num. 4 / Para ser considerada la opinión de fondo, como causal de recusación, es menester que aluda a lo principal o esencial, esto es, que se refiera a la pretensión o a la relación jurídica material de la controversia
DELITO: Secuestro simple y otros
PONENTE: Hender Augusto Andrade Becerra
FECHA: 05/10/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto