‎Relatoría

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TEMA: VALORACIÓN Y SOLUCIÓN DE LOS PROBLEMAS JURÍDICOS. Conciliar no es allanarse en los términos que prevén los artículos 350 y siguientes del Código de Procedimiento Penal

DELITO: Lesiones personales dolosas

PONENTE: José Ignacio Sánchez Calle

FECHA: 16/04/2018

TIPO DE PROVIDENCIA: Auto

 

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