‎Relatoría

050016000206202111511

EXISTENCIA DE LA CONDUCTA Y LA RESPONSABILIDAD PENAL.
El tipo penal en comento resulta satisfecho con cualquier acción constitutiva de tráfico, aislada o no, siempre que contribuya a la difusión de la droga/ no se requiere entonces que dicha conducta sea repetitiva, consuetudinaria, o de naturaleza comercial, esto último entendido como el usual ejercicio de dicha actividad/ la legitimidad del legislador para configurar delitos de peligro abstracto/ estos no pueden contener una presunción iuris et de iure y en todos los casos admite prueba en contrario en el proceso valorativo sobre su lesividad.
DELITO: Tráfico de estupefacientes.
FECHA: 15/11/2022.
PONENTE: LUIS ENRIQUE RESTREPO MÉNDEZ.
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.

 

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