SUSTITUCIÓN DE LA PRISIÓN INTRAMURAL POR LA DOMICILIARIA.
Requisitos para la concesión del beneficio de la sustitución de la prisión intramural, por domiciliaria/ cuando haya cumplido la mitad de la condena y concurran los presupuestos contemplados en los numerales 3 y 4 del artículo 38B del CP/ que se demuestre el arraigo familiar y social del condenado/ que se garantice mediante caución el cumplimiento de las obligaciones/ el concepto de arraigo no se circunscribe únicamente al lugar físico donde el procesado habita, sino que tiene una connotación de orden sociológico relacionada con la funcionalidad.
DELITO: Hurto calificado y agravado.
FECHA: 25/07/2022.
PONENTE: LEONARDO EFRAÍN CERÓN ERASO.
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.