‎Relatoría

050016000207202000256

CREDIBILIDAD EN EL TESTIMONIO DE LA VÍCTIMA.
Prueba periférica de corroboración/ a versión de la víctima constituye el único elemento de juicio a partir del cual reconstruir lo sucedido/ el término “corroboración periférica”, para referirse a cualquier dato que pueda hacer más creíble la versión de la víctima/ a inexistencia de razones para que la víctima y/o sus familiares mientan con la finalidad de perjudicar al procesado/el estado anímico de la víctima en los momentos posteriores a la ocurrencia de los hechos/ regalos o dádivas que el procesado le haya hecho a la víctima, sin que exista una explicación diferente de propiciar el abuso sexual, entre otros/ precisó las maniobras que hacía el enjuiciado en su cuerpo, y si bien se le dificulta dar horas, fechas, y precisar los lugares donde ello ocurría/ narración verosímil/ concepto de penetración/ no son en sí mismos concluyentes sobre la inexistencia de la materialidad de la conducta de acceso carnal, pues no toda penetración supone necesariamente la desfloración del himen.
DELITO: Concurso de actos sexuales con menores de 14 años en concurso heterogéneo con acceso carnal abusivo con menor de catorce años.
FECHA: 19/10/2021.
PONENTE: RAFAEL M. DELGADO ORTIZ.
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.

 

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