INDEBIDO DESCUBRIMIENTO Y CARENCIA DE ENUNCIACIÓN DEL TESTIMONIO.
Descubrimiento probatorio es que hace posible la contradicción de la prueba descubierta/ labor de refutación o contradicción de prueba para ser efectiva, demanda en no pocas ocasiones, a su vez, otras labores investigativas, algunas más complejas/ la no demostración del descubrimiento oportuno acarrea la inconducencia de la prueba/ jurídicamente la ley no habilita al medio probatorio para acreditar lo que debió haber sido descubierto/ principio de preclusividad de los actos/ derecho de confrontación y contradicción/ carga dinámica de la prueba/ presunción de inocencia, por lo que el derecho a probar en condiciones de igualdad.
DELITO: Actos sexuales con menor de 14 años agravados Acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado.
FECHA: 30/09/2022.
POENENTE: MIGUEL HUMBERTO JAIME CONTRERAS.
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto.