‎Relatoría

050016000248201300532

QUE LA DEFRAUDACIÓN SUFRIDA HIPOTÉTICAMENTE POR LA VÍCTIMA, NO REPRESENTÓ NINGÚN INCREMENTO AL PATRIMONIO DEL AGENTE
Términos del preacuerdo/ artículo 349 del C.P.P/ incremento patrimonial/ no ha sido reintegrado/ defraudación económica/ reparación integral/ soporte que da claridad acerca del desenvolvimiento del acontecer fáctico/ indemnización integral de perjuicios/ constatación necesaria para llevar a cabo el preacuerdo
DELITO: Falsedad material en documento público agravado por el uso en concurso con falsedad en documento privado
PONENTE: Rafael Delgado Ortíz.
FECHA: 05/04/2022
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto

 

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