‎Relatoría

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NÚMERO DE RADICADO: 050886000200201400240

DELITO: INASISTENCIA ALIMENTARIA

TIPO DE PROVIDENCIA: SENTENCIA

FECHA: 26/09/2017

PONENTE: LEONARDO EFRAÍN CERÓN ERASO

TEMA: SUSTRACCIÓN A LA OBLIGACIÓN. Art 233 C. P., modificado por el artículo 1° de la Ley 1181 de 2007. pretende proteger el bien jurídico de la institución familiar, que se ve afectado por la omisión al deber de asistencia económica entre

quienes la componen, pues tal sustracción arriesga la subsistencia del beneficiario. Omisión de la obligación de brindar alimentos que se deben por ley a los descendientes, ascendientes, adoptante, adoptivo o al cónyuge de forma infundada o inexcusable, ya que de demostrarse la justificación, la conducta sería atípica.

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