‎Relatoría

050886000200201400646

ABSOLUCIÓN POR DEFICIENCIAS DE LA PRUEBA INCRIMINATORIA.
Indebida aplicación de la ley 1098 del 2006, inverosimilitudes, interés para faltar a la verdad/ art. 448 C.P.P el acusado no podrá ser declarado culpable por los hechos que no consten en la acusación/ C-025 de 2010 principio procesal que establece que debe existir igualmente una congruencia fáctica entre la imputación de cargos y la formulación de acusación/ la etapa investigativa como evidencia física y material probatoria para sustentación de escrito de acusación/ por el carácter progresivo de la actuación penal, puede que la premisa fáctica expuesta en la imputación sufra modificaciones.
DELITO: Acto sexual abusivo.
PONENTE: John Jairo Gómez Jiménez.
FECHA: 29 de marzo del 2022.
TIPO DE PROVIDENCIA: sentencia.

 

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