NÚMERO DE RADICADO: 052126000201201503951
DELITO: RECEPTACIÓN
TIPO DE PROVIDENCIA: SENTENCIA
FECHA: 05/05/2017
PONENTE: LUIS ENRIQUE RESTREPO MÉNDEZ
TEMA: DEMOSTRACION DEL DOLO. En cuanto se relaciona específicamente con el dolo, es claro que por tratarse de un proceso interno, de naturaleza mental o psíquica, por lo regular no es perceptible o palpable a través de medios de prueba
directos (testimonio, confesión, documento, etc.), siendo su fuente común de prueba la indiciaria, lo cual no quiere decir que sea imposible de probar, toda vez que puede evidenciarse a través de los actos externos que despliega el agente y en general, de la suma de circunstancias que rodearon el hecho, de suerte tal que nada impide que con los mismos elementos con los que se encuentra acreditada la subsunción del comportamiento en la norma (tipicidad) y la contrariedad del mismo con el bien que protege el legislador (antijuridicidad), también pueda inferirse con la observancia de los postulados de la sana crítica el conocimiento y voluntad del sujeto activo en la realización de la conducta punible.