PRINCIPIO DE LESIVIDAD DE LA CONDUCTA PUNIBLE.
Principio de no reforma en peor/ criterio de limitación del poder punitivo dentro del moderno Estado de Derecho/ asegurar la convivencia pacífica art. 2 de la C.N/ la causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del resultado/ queda erradicada toda forma de responsabilidad objetiva/ prueba de referencia es admisible dentro del sistema de libre persuasión racional.
DELITO: Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
FECHA: 12/09/2022.
PONENTE: PÍO NICOLÁS JARAMILLO MARÍN.
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.