TEMA: PRECLUSIÓN. Corte Constitucional. Sentencia C -920 de 2007 / Si el fiscal es el ?dueño de la acusación? y al momento de radicar el escrito que la contenga lo que hace es una manifestación expresa de sus pretensiones ante el juez de conocimiento, nada impide que antes de que se haga efectiva la formulación en la audiencia respectiva pueda retirar su escrito, esto es, los cargos, en tanto en esa instancia se está ante un acto de parte, que aún no ha impulsado actividad jurisdiccional y, como acto de parte, bien puede desistir del mismo.
DELITO: Concusión
PONENTE: Ricardo De La Pava Marulanda
FECHA: 21/07/2015
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto