TEMA: PERTINENCIA Y CONDUCENCIA. Art. 375 C.P.P. / la pruebas solicitadas que pueden utilizarse de manera eventual en el incidente de reparación integral, pueden usarse en la etapa de juicio, pues de lo que se trata es de establecer si son pertinentes y admisibles, con independencia de que puedan o no utilizarse en otro escenario procesal.
DELITO: Omisión de agente retenedor o recaudador
PONENTE: Miguel Humberto Jaime Contreras
FECHA: 13/06/2018
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto