‎Relatoría

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RESPONSABILIDAD PENAL EN LA CONDUCTA ILÍCITA.
?Estafa Llamada millonaria?/ principio de debido proceso, derecho a la defensa y la contradicción/ principio de no reformatio in pejus/ principio de congruencia entre acusación y sentencia/ coincidencia absoluta debe estar desde lo factico y no desde lo jurídico/ autora y no coautora/ principio de libertad probatoria/ valor suasorio de la prueba/ elementos de convicción legalmente aducidos y practicados/ coacción insuperable y shock emocional/ art. 32 C.P no hace referencia al numeral/ conducta atípica.
DELITO: Hurto calificado y agravado.
FECHA: 08 de marzo de 2022.
PONENTE: Pío Nicolás Jaramillo Marín.
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.

 

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