‎Relatoría

050016000000202000745

TEMA: Improbacion de preacuerdo

RESTRICTOR: exigencias fijadas en el canon 38B ibidem/ a Fiscalía tiene la posibilidad de corregir los cargos en el interregno comprendido entre el inicio de la audiencia de acusación y la consolidación de la misma/ la imputación y la acusación son actuaciones regladas, y que en las mismas no se pueden consagrar beneficios infundados ni agravar la situación del procesado cuando no haya lugar a ello.

DELITO: HOMICIDIO AGRAVADO

PONENTE: Ricardo De La Pava Marulanda

FECHA: Medellín, viernes, veintidós de octubre de dos mil veintiuno

TIPO DE PROVIDENCIA: AUTO

 

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