EXISTENCIA DEL DELITO DE TENTATIVA DE HOMICIDIO Y SU DIFERENCIA DE LAS LESIONES PERSONALES, CONFORME LA PRUEBA RECAUDADA EN EL JUICIO; LA CONFIGURACIÓN DE UN MOTIVO ABYECTO O FÚTIL COMO AGRAVANTE; RECONOCIMIENTO DE LA CIRCUNSTANCIA DE IRA O INTENSO DOLOR.
Delito de tentativa de homicidio y su diferencia con las lesiones personales/ diferencias y circunstancias de cuando se está frente a una intención homicida y de cuando se tiene la intención de causar lesión/ precedentes, concomitantes, posteriores/ configuración de un motivo abyecto o fútil/ existe un móvil bajo, vil, que causa repudio general/ que expresa una particular depravación y Bajeza de ánimo, mientras que el fútil se caracteriza precisamente por la ausencia de un móvil, por la insignificancia del hecho/ se mata sin que exista una razón de peso, por cuestiones baladíes o triviales, que hacen resaltar de forma inmediata la falta de proporcionalidad entre el motivo y el hecho/ diferencia que existe entre el estado de indefensión y el de inferioridad/ credibilidad en el testimonio de la víctima/ concepto de ira y dolo/ dosificación punitiva y subrogados penales.
DELITO: Tentativa De Homicidio.
FECHA: 28/02/2022.
PONENTE: OSCAR BUSTAMANTE HERNÁNDEZ.
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.