NÚMERO DE RADICADO: 050016001250201101043
DELITO: TRÁFICO, FABRICACIÓN Y PORTE DE ESTUPEFACIENTES
TIPO DE PROVIDENCIA: AUTO
FECHA: 02/06/2017
PONENTE: LUIS ENRIQUE RESTREPO MÉNDEZ
TEMA: TERMINO DE PRESCRICION EN EL CASO DE DELITOS COMETIDOS POR ADOLESCENTES. Como nos encontramos ante una conducta que no tiene como sanción dentro del código de infancia y adolescencia, una privativa de la
libertad y, como dentro del mismo código no se regula el término para declarar la prescripción de la acción penal, es necesario hacer uso del principio de Integración Normativa y remitirnos a las disposiciones legislativas dispuestas dentro del Código de procedimiento penal para observar cómo opera la prescripción en las conductas sin sanción privativa de la libertad y, al ver que para éstas el término es de cinco (5 años), es procedente declarar que el fenómeno de la prescripción ya ha operado.