ATENUANTE DE LA CIRCUNSTANCIA DE MARGINALIDAD, IGNORANCIA Y POBREZA EXTREMAS.
Dependencia a las bebidas alcohólicas/ violencia verbal y psicológica/ concepto de marginalidad/ situación de marginación o aislamiento de una persona o de una colectividad/ falta de integración de una persona o de una colectividad en las normas sociales comúnmente admitidas/ una persona está en estado de marginalidad cuando se encuentra en el límite del ejercicio de derechos comunes al resto de las personas/ cuando padece condiciones sociales subnormales o inferiores por la carencia de profesión u oficio del cual derive su subsistencia, por no tener medios propios o vivienda, así no sea suya, entre otros/ La marginalidad social produce, en quienes la padecen, una pérdida o una lesión del disfrute de los derechos fundamentales que como personas les corresponden/ pues es el límite entre quienes los gozan a plenitud y los que se ven privados de una parte de ellos, lo que afecta sus capacidades de desarrollo como personas, su dignidad e incluso la vida/ la ignorancia se refiere a la falta de conocimiento respecto a un ámbito específico, por lo que el estado de ignorancia exige acreditar que ésta sea de tal grado que impide al inculpado entender el juicio de reproche que genera su conducta.
DELITO: Violencia intrafamiliar.
FECHA: 10/11/2022.
PONENTE: RICARDO DE LA PAVA MARULANDA.
TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia.