RUPTURA DE UNIDAD PROCESAL Y DERECHO A LA DEFENSA.
Indebida sustentación del recurso/ principios de dignidad humana, lealtad y buena fe/ art. 161 del CPP las providencias judiciales son sentencias, autos y órdenes/ la unidad procesal no genera nulidad siempre que no afecte garantías constitucionales/ las conductas conexas sean investigadas y juzgadas conjuntamente, en razón de la prevalencia de los principios de eficiencia, celeridad y economía en la Administración de Justicia/ el principio de unidad procesal impone que por cada hecho punible se adelante una sola actuación procesal, cualquiera sea el número de autores o partícipes y que las conductas delictivas conexas se investiguen y juzguen conjuntamente/ conexidad procesal.
DELITO: Lavado de activos.
FECHA: 28/09/2022.
PONENTE: LUIS ENRIQUE RESTREPO MÉNDEZ.
TIPO DE PROVIDENCIA: Auto.